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lunes, 13 de mayo de 2013

Ciencias Químicas



Descripción
Nombre de la Titulación
Licenciatura en Química
Número de créditos ECTS
337 Créditos
Duración en años
5 Cursos divididos en dos ciclos
Tipo de enseñanza de que se trata
Enseñanza presencial
Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas
Sin límite
Número mínimo de créditos de matriculación
Primer curso completo
Centro y lugar en la que se imparte
Facultad de Ciencias (Campus de Rabanales)
BOE(s) en los que se ha publicado
Titulación en Experiencia Piloto
Justificación y Competencias
Resolución de 14 de julio de 1998, de la Universidad de Córdoba, por la que se hace pública la adaptación del plan de estudio de Licenciado en Química, a los Reales Decretos 614/1997, de 25 de abril, y 779/1998, de 30 de abril. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, este Rectorado ha resuelto publicar la adaptación a los Reales Decretos 614/1997, de 25 de abril, y 779/1998, de 30 de abril, del plan de estudios de Licenciado en Químicas, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de 4 de diciembre de 1996, una vez ha sido homologada por la Comisión Académica del Consejo de Universidades, en fecha 7 de mayo de 1998, según consta en el anexo adjunto.
Córdoba, 14 de julio de 1998
El Rector, Eugenio Domínguez Vilches.
Directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Química
PRIMERA:
Las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Química deberán proporcionar una formación científica adecuada en los aspectos básicos y aplicados a la Química.
SEGUNDA:
  1. Los Planes de estudios que aprueben las Universidades deberán articularse como enseñanzas de primero y segundo ciclo, con una duración total entre cuatro y cinco años, y una duración por ciclo de, al menos dos años. Los distintos planes de estudio conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Química determinarán, en créditos, la carga lectiva global que, en ningún caso, será inferior a 300 créditos ni superior al máximo de créditos que para los estudios de primero y segundo ciclo permite el Real Decreto 1497/1987. En ningún caso, el mínimo de créditos de cada ciclo será inferior a 120 créditos. Cuando las Universidades estructuren las enseñanzas conducentes a esta titulación, organizando el segundo ciclo a partir de cualesquiera primer ciclo que tenga reconocido acceso directo, las enseñanzas de este segundo ciclo deberán organizarse en dos años.
  2. Además de quienes cursen el primer ciclo de estas enseñanzas podrán cursar su segundo ciclo, quienes de acuerdo con los artículos 3º, 4º y 5º del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, cumplan las exigencias de titulación o superación de estudios previos de primer ciclo y complementos de formación requeridos, en su caso, de conformidad con la directriz cuarta.
  3. La carga lectiva establecida en el plan de estudios oscilará entre veinte y treinta horas semanales, incluidas las enseñanzas prácticas. En ningún caso la carga lectiva de la enseñanza teórica superará las quince horas semanales.
TERCERA:
En cuadro adjunto se relacionan las materias troncales de obligatoria inclusión en todos los planes de estudios conducentes al título oficial de Licenciado en Química, con una breve descripción de sus contenidos, los créditos que deben corresponder a las enseñanzas, así como la vinculación de las mismas a una o más áreas de conocimiento. Las Universidades asignarán la docencia de las materias troncales y/o las correspondientes disciplinas o asignaturas y, en su caso, sus contenidos, a Departamentos que incluyen una o varias de las áreas de conocimiento a que las mismas quedan vinculadas, según lo dispuesto en el citado cuadro adjunto.
CUARTA:
En aplicación de los previsto en los artículos 5º y 8º, 2, del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial, por el Ministerio de Educación y Ciencia, a propuesta del Consejo de Universidades, se concretarán las titulaciones y los estudios previos de primer ciclo necesarios para cursar estas enseñanzas bajo la fórmula prevista en el número 2 de la directriz segunda, así como los complementos de formación que, en su caso, deban cursarse a tal efecto según los distintos supuestos.
Incompatibilidades:
Cuadro de Adaptaciones (BOE 21/08/98 y 27/05/99)
PLAN ANTIGUO
PLAN NUEVO
Química Inorgánica
Química Inorgánica
Química General
Enlace Químico y Estructura de la materia + Fundamentos de Química Inorgánica
Ampliación de Química Inorgánica
Química Inorgánica Avanzada
Química de los compuestos de coordinación
Química Organometálica
Química del Estado Sólido
Materiales Inorgánicos Avanzados
Física (Mecánica y Ondas) + Electricidad y Óptica
Física + Electromagnetismo + Óptica
Electricidad y Óptica
Electromagnetismo + Óptica
Química Técnica
Ingeniería Química
Análisis y Diseño de Reactores Químicos
Reactores Químicos
Química Industrial y Evaluación de Procesos Químicos
Industrias Químicas + Evaluación de Plantas Químicas
Bioquímica
Bioquímica + Biología Molecular
Matemáticas I
Matemáticas
Matemáticas II
Ampliación de Matemáticas
Termodinámica Química
Termodinámica Química
Química Física
Química Física + Cinética y Electroquímica + Laboratorio de Química Física
Ampliación de Química Física
Química Física Avanzada + Experimentación en Química Física
Química Orgánica
Química Orgánica
Química Orgánica + Ampliación de Química Orgánica
Química Orgánica + Ampliación de Química Orgánica + Laboratorio de Química Orgánica + Experimentación en Síntesis Química Orgánica
Química Analítica
Química Analítica + Laboratorio de Química Analítica
Ampliación de Química Analítica
Técnicas Analíticas de Separación
Análisis Instrumental
Química Analítica Instrumental + Experimentación en Química  Analítica
Macromoléculas
Macromoléculas
Estructura Atómica Molecular y Espectroscopía
Estructura de la Materia y Espectroscopía


Incompatibilidades en el Plan de Estudios Actual (BOE 21/08/98 y 27/05/99)
ES NECESARIO TENER APROBADAS
PARA APROBAR
Física
Electromagnetismo y Óptica
Fundamentos de Química Inorgánica
Laboratorio de Química Inorgánica
Fundamentos de Química Inorgánica y Q. Inorgánica
Química Inorgánica Avanzada
Experimentación en síntesis Inorgánica
Experimentación en Química Inorgánica
Matemáticas
Ampliación de Matemáticas
Cin. y Electroq. /Termod. Q / Q. Física / Lab. de Q. Física
Q. Física Avanzada / Exp. en Q. Física
Química Orgánica
Ampliación de Química Orgánica
Lab. de Química Orgánica
Exp. en Síntesis Q. Orgánica
Ampl. de Q. Orgánica
Q. Orgánica Avanzada
Exp. en Síntesis Q. Orgánica
Exp. en Q. Orgánica
Química Anlítica
Lab. de Q. Analítica/ Tec. Anal. Separación /Q. Anal. Instr.
Lab. de Q. Analítica
Exp. en Q. Analítica
Tec. Anal. de Sep. / Q. Anal. Instr. / Exp. en Q. Analítica
Química Analítica Avanzada
Exp. En Q. Analítica
Lab. de Q. Analítica Avanzada
Enl.Químico y Estr. de la Materia Q. Analítica / Q. Inorgánica / Q. Orgánica Fund. de Q. Inorgánica
Fund. de Q. Agrícola y Agroalimentaria

(Castellán Sofía)

Universidad de Córdoba, Facultad de Ciencias Químicas. Descripción. En https://www.uco.es/ciencias/lquimica/index.html

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